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Santiago López Acosta

@LpezSantiago

El 20 de diciembre pasado el académico e intelectual de la UNAM Guillermo Sheridan difundió el plagio de la tesis que para obtener el título de Licenciatura en Derecho presentó la ministra Yasmín Esquivel Mossa en 1987, a partir de otra tesis prácticamente igual, presentado en 1986. Esto genero una discusión pública muy amplia en medios de comunicación y en las redes sociales hasta hoy en día.

La ministra involucro a su directora de tesis, que también lo fue de la otra presentada más de un año antes, además de otras dos posteriores con contenidos casi iguales.

Se han publicado muchos artículos, comentarios y análisis sobre el tema, solo destaco los de Saúl Arellano en México Social, el de Pedro Hiriart en el Financiero y el de Karla Ureña en Letras Libres, a partir del pronunciamiento de la UNAM el 11 de enero, concluyendo que si hubo plagio de la ministra, que la UNAM no puede invalidar el título y que se impondrán las medidas disciplinarias que procedan con la legislación universitaria.

Inmediatamente se cuestionó a la Universidad de no atreverse a determinar la nulidad del título que otorgó, remitiendo esa decisión a la SEP. Sin embargo, la propia UNAM, en el documento Plagio y Ética señala “…los egresados de la UNAM que presenten obras ajenas como tesis para su examen profesional…se aplicara la nulidad del examen sustentado y la revocación del título profesional”. En el mismo documento se señala que la oficina del Abogado General estableció en 2013 que los castigos pueden ameritar faltas graves, pero únicamente habla del profesorado. Es donde se agarra ahora este funcionario universitario, señalando que se deja un vacío normativo respecto del plagio cometido por alumnos, con un criterio “legalista” y cerrado. Solo bastaba aplicar los elementales principios de interpretación sistemática y funcional para resolver el caso. Concluye que “la normatividad universitaria carece de los mecanismos para invalidar un título expedido por la Universidad Nacional, aun y cuando el plagio de una tesis este documentado”. Y que remitirá la investigación y conclusiones sobre la tesis a la SEP “para los fines a que haya lugar”. Lamentable la posición de la Universidad, que no asumió la responsabilidad de resolver el conflicto.

Karla Ureña plantea cinco rutas jurídicas para aplicar la sanción del plagio ya determinado: 1) que lo resuelva el Tribunal Universitario, vía que el comunicado deja abierta, como lo está haciendo contra la asesora de la tesis Martha Rodríguez Ortiz, y puede abrirse por denuncia o queja del afectado Edgar Ulises Báez y/o la FES Aragón; 2) que lo resuelva el poder judicial, el cual en su Ley Orgánica establece como causa de responsabilidad administrativa que un servidor público no preserve “la dignidad, imparcialidad y profesionalismo propios de la función judicial en el desempeño de sus labores”; estos principios han sido violentados por la ministra con las conductas desplegadas desde el 21 de diciembre, rayando en la ilegalidad y algunas probablemente constitutivas de delitos, al intentar cambiar un hecho reconocido por la propia UNAM, inventado pruebas, involucrando personas sin su consentimiento, tergiversando una fe notarial, etc.; 3) que La SEP, por medio de la Dirección de Profesiones, cancele la inscripción del título, a través de un procedimiento administrativo abreviado, que puede terminar en un largo litigio, aunque es pertinente precisar que la Constitución señala como requisito para ser ministra el contar con título, no cedula ni registro, 4) La acción ciudadana, a través de denuncias penales, civiles o administrativas, mismas que ya empezaron con la presentada por Miguel Alfonso Meza Carmona ante el propio poder judicial, por faltas administrativas; también el pronunciamiento del Consejo General de la Abogacía Mexicana al señalar “la permanencia de Esquivel Mossa como ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación afecta gravemente el prestigio de nuestro alto Tribunal y por tanto, es éticamente insostenible”; 5) La renuncia, que es la salida más decorosa de una persona digna y proba, y desde el momento que se ventilo el asunto lo correcto habría sido solicitar licencia para permitir las investigaciones, pero en el caso, la ministra no ha mostrado la menor intención de ello. El fin de semana se filtró la posibilidad de la renuncia, después de supuestamente entrevistarse con el presidente de la República.

Existe una sexta posibilidad, el Juicio Político anunciado por el senador Germán Martínez, del Grupo Plural, mismo que llevaría mucho tiempo y pocas posibilidades de prosperar, dadas las mayorías que tiene el oficialismo en ambas cámaras del Congreso de la Unión, además de apelar al cumplimiento de la Cartilla Moral de Alfonso Reyes, auto impuesta por este gobierno desde sus inicios; con el inconveniente de más cuestionamientos y desgaste político y jurídico para ella, pero sobre todo para la Corte y al poder judicial en su conjunto.

De por si ese poder público no goza de la mejor de las confianzas de la ciudadanía, como se expresa en la mayor parte de las encuestas, y con este escándalo, que no parece tendrá buen fin, el descredito hacia la Corte y los juzgadores puede caer en una escalada descendente muy difícil de remontar.

En el viejo régimen autoritario cuando algún personaje de la clase política incurría y se le descubría en alguna una falta similar, discretamente se le pedía la renuncia y desaparecer de la escena pública; pero en el actual régimen esto no es así, y se defiende hasta la ignominia, llegando al cinismo y desfachatez, como lo hizo la Fiscalía de la CDMX, al exonerar a la ministra en unos cuantos días, acusando de plagio al plagiado y desdecirse inmediatamente después de la votación para la presidencia de la Corte. En fin, veremos qué ocurre los próximos días.

Santiago López Acosta

Es Doctor en Ciencias Jurídicas, con el grado de suma cum laude por la Universidad de Granada, España. Consejero Electoral del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato desde 2014. Ha sido profesor de la Facultad de Derecho de la Universidad De Lasalle Bajío, en la Universidad de Estudios Profesionales de Ciencias y Artes, y de la Facultad de Derecho, hoy División de Derecho, Política y Gobierno del Campus Guanajuato de la Universidad de Guanajuato. Ha publicado más de 40 ensayos y artículos especializados en publicaciones estatales y nacionales, revistas y libros colectivos, es coautor del libro “Derecho Administrativo del Estado de Guanajuato”, en coautoría con el Dr. Jorge Fernández Ruiz, Editorial Porrúa, México 2008 y coordinador de la obra “Centenario de la Constitución Mexicana de 1917” editada por el Instituto Electoral del Estado de Guanajuato y el Tribunal de Justicia Administrativa del estado de Guanajuato. Además, ha sido articulista de distintas revistas nacionales y estatales. Profesionalmente se ha desempeñado en diversos cargos dentro de la administración pública federal, estatal y municipal, en la Ciudad de México y en el estado de Guanajuato, en organismos electorales, federal y locales. Ha sido asesor y consultor en materia jurídica, política y de la administración pública.