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Por Santiago López Acosta

@LpezSantiago

El 26 de marzo de 2019 se publicó el Decreto por el que se reformaron, adicionaron y derogaron diversas disposiciones de la Constitución, en materia de Guardia Nacional. El Quinto Transitorio del mismo todavía dice: Durante los cinco años siguientes, en tanto la Guardia Nacional desarrolla su estructura, capacidades e implantación territorial, el Presidente de la República podrá disponer de la FFAA en tareas de seguridad pública de manera extraordinaria, regulada, fiscalizada, subordinada y complementaria. El Ejecutivo Federal incluirá un apartado sobre el uso de esa facultad en el informe referido en la fracción IV del artículo 76, de las facultades exclusivas del Senado, de analizar y aprobar el informe mencionado sobre las actividades de la Guardia Nacional.

El Transitorio Séptimo del mismo Decreto dice: Los Ejecutivos de las entidades federativas presentarán ante el Consejo Nacional de Seguridad Pública, en un plazo de no más de 180 días después de la vigencia, el diagnóstico y el programa para el fortalecimiento del estado de fuerza y las capacidades institucionales de sus respectivos cuerpos policiales estatales y municipales. Para su ejecución se establecerán las previsiones necesarias en los presupuestos de Egresos de la Federación y de las entidades federativas, a partir del ejercicio fiscal de 2020. Un año después de haberse emitido el programa referido, el Ejecutivo local enviará anualmente a la Legislatura de la entidad federativa correspondiente y al Consejo Nacional de Seguridad Pública, la evaluación integral del mismo con el informe sobre los avances en los objetivos señalados y su cumplimiento en un horizonte de seis años.

La iniciativa de la diputada del PRI Yolanda de la Torre, que el Presidente de la Republica y su bloque en el Congreso hicieron propia, solo se refería a la ampliación del periodo de cinco a nueve años para que las FFAA se mantengan en labores de seguridad pública, misma que se aprobó en la Cámara de Diputados, pero no, en un primer intento, en la de Senadores. Hábilmente fue retirada la minuta de la sesión, para negociar los votos faltantes, mismos que lograron en la sesión del 4 de octubre, con 9 priistas y 2 perredistas de la oposición.

Se dijo que factor de negociación fueron los agregados que se acordaron en el nuevo Quinto Transitorio: …El Ejecutivo Federal presentará al Congreso de la Unión un informe semestral (no anual) sobre el uso de la facultad anterior, proporcionando los indicadores cuantificables y verificables que permitan evaluar los resultados obtenidos en el periodo reportado en materia de seguridad pública, y corroborar el respeto a los derechos humanos y a los de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas. Para el análisis y dictamen de los informes, a partir del primer semestre de 2023 y hasta la conclusión del plazo de los nueve años, se integrará una comisión bicameral del Congreso de la Unión. Misma que podrá convocar a los titulares de las secretarías de Gobernación, de Seguridad y Protección Ciudadana, de Defensa Nacional y de Marina. Evaluará el cumplimiento de la participación de la FFAA en labores de seguridad pública y señalará las entidades federativas donde deje de ser requerida esa presencia. La comisión bicameral remitirá a cada una de las Cámaras los dictámenes semestrales, para su discusión y aprobación, y su remisión al Ejecutivo Federal, el que deberá informar de la atención que brindó a las recomendaciones emitidas. La Cámara de Senadores al analizar y aprobar los informes anuales que le rinda el Ejecutivo Federal en la materia, evaluará la participación de la FFAA en estas labores, a fin de garantizar que, a la conclusión del plazo de nueve años, concluya su participación en labores de seguridad pública, y la Guardia Nacional y las demás instituciones de seguridad pública asuman a plenitud las facultades establecidas en el artículo 21 de la Constitución. Los gobernadores remitirán anualmente a las correspondientes legislaturas locales y al Consejo Nacional de Seguridad Pública, la evaluación integral, en una perspectiva de seis años, para los ajustes correspondientes.

Como se puede advertir, los agregados son solo paliativos y matices de lo establecido en el original Séptimo Transitorio, que en términos presupuestales y de apoyo para el fortalecimiento y desarrollo de las corporaciones policiales, federales, estatales y municipales no se ha cumplido desde 2019, como tampoco se ha institucionalizado desde la reforma primaria de 2008. ¿Cómo se puede garantizar que los responsables respectivos ahora si cumplan, si no lo han hecho en el pasado inmediato?, y no hay sanción jurídica, solo queda a la voluntad política, que no hemos visto en este caso.

Al regresar con los diputados, se aprobará en esos términos y en poco tiempo, en la mayoría de las legislaturas de los Estados.

Luego entonces, esto da lugar a la especulación e hipótesis para la obtención de esos votos, que más que el convencimiento, fueron las presiones, amenazas y promesas de futuro político de los senadores, todavía opositores, para alcanzar la mayoría calificada. La negociación es parte de la política democrática, pero con esas prácticas, se ubican más bien en el viejo régimen autoritario del siglo pasado.

Mientras tanto siguen las masacres y los homicidios dolosos, después de casi dos décadas que las FFAA están en esas labores, con una tendencia al alza, que no ha parado desde entonces.

El gobierno y su bloque en el Congreso, al que parece incorporarse el PRI, obtiene un triunfo en varios frentes, al profundizar la militarización, desarticular el bloque opositor, destrozando su “moratoria constitucional”, y tal vez abriendo la puerta a otras reformas a la Constitución. ¿Cuál seguirá, la electoral?

 

Santiago López Acosta

Es Doctor en Ciencias Jurídicas, con el grado de suma cum laude por la Universidad de Granada, España. Consejero Electoral del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato desde 2014. Ha sido profesor de la Facultad de Derecho de la Universidad De Lasalle Bajío, en la Universidad de Estudios Profesionales de Ciencias y Artes, y de la Facultad de Derecho, hoy División de Derecho, Política y Gobierno del Campus Guanajuato de la Universidad de Guanajuato. Ha publicado más de 40 ensayos y artículos especializados en publicaciones estatales y nacionales, revistas y libros colectivos, es coautor del libro “Derecho Administrativo del Estado de Guanajuato”, en coautoría con el Dr. Jorge Fernández Ruiz, Editorial Porrúa, México 2008 y coordinador de la obra “Centenario de la Constitución Mexicana de 1917” editada por el Instituto Electoral del Estado de Guanajuato y el Tribunal de Justicia Administrativa del estado de Guanajuato. Además, ha sido articulista de distintas revistas nacionales y estatales. Profesionalmente se ha desempeñado en diversos cargos dentro de la administración pública federal, estatal y municipal, en la Ciudad de México y en el estado de Guanajuato, en organismos electorales, federal y locales. Ha sido asesor y consultor en materia jurídica, política y de la administración pública.