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Por Mauricio Balderas Villicaña

@MauBalderasV

Una extraordinaria noticia nos dieron el primer día de abril del presente año, con el anuncio de que todas las policías de todo el territorio mexicano registrarán a cada una de las personas detenidas por algún delito del fuero común. Sin duda, el Registro Nacional de Detenciones (RND), representará una singular herramienta para preservar cada uno de los derechos fundamentales de las personas, así como evitar casos de abuso de carácter policial, desaparición forzada, tratos crueles inhumanos y con la finalidad de poder construir un mejor Estado de derecho para las y los mexicanos.

El RND ya forma parte del debido proceso, es igual que el Informe Policial al que ya están obligadas todas las policías del país y que acompaña a cada indiciado al momento en que es puesto a disposición del Ministerio Público (MP). Es importante señalar que a partir del 1 de abril de 2021 el RND incluirá una tercera fase que abarca las detenciones relacionadas con infracciones administrativas (justicia cívica).

De acuerdo con el artículo 12 de la Ley Nacional del Registro de Detenciones, el Centro Nacional de Información del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública debe emitir los lineamientos para el adecuado funcionamiento, operación y conservación del Registro. Por otra parte, elementos de la Guardia Nacional, Policías Estatales y Municipales, así como los Ministerios Públicos ya recibieron una capacitación para el buen manejo y uso de la plataforma del RND.

El RND está diseñado para la consulta por parte de la ciudadanía. En específico, permite que la población tenga certeza jurídica al poder conocer los detalles de la detención de una persona, por ejemplo, ante qué autoridad y dónde fue puesta a disposición. Esto implica, que cualquier persona con interés legítimo pueda acceder al RND para localizar el lugar donde se encuentra la persona detenida. Por interés legítimo se entiende que la persona que realiza la búsqueda tiene cierto grado de familiaridad con la persona detenida, y por ende, conoce los datos personales necesarios para la búsqueda, proporcionando dos alternativas: la primera, el nombre y la fecha de nacimiento, y la segunda la Clave Única de Registro de Población (CURP).

Y también el RND fue diseñado para ser utilizado por los integrantes de las instituciones de seguridad pública de los tres órdenes de gobierno, quienes nos mantienen informados de las detenciones que lleven a cabo o bien consultar órdenes de aprehensión o reincidencias.

Por último les digo mis queridos lectores, que con estas acciones podremos refrendar con el compromiso de continuar en la actualización para seguir llevando a cabo un trabajo profesional en materia de prevención, seguridad, investigación y persecución de cada uno de los delitos, con apego a la norma y estricto respeto a los derechos humanos.

Mauricio Balderas

Licenciado en Derecho por la Universidad Vasco de Quiroga (UVAQ), Cuenta con tres diplomados uno en Marketing Político e Imagen Pública y el otro en Diseño y Operación de Campañas por la Universidad Nova Spania y el último es en Políticas democráticas para una nueva seguridad ciudadana por la Universidad Iberoamericana en la Ciudad de México. Además es Pdte. de la Asociación para el Fortalecimiento del Campo Michoacano en materia de Seguridad y Desarrollo en México. (AFOCAMEX). Actualmente es columnista de la revista Lideres Generando Lideres.