Por Alejandro Jesús Valencia
Parte I: La mar
Exordio
Una vez hubo un tiempo, un tiempo en que pasó todo lo que siempre se quiso. Las consecuencias no existían. El único límite era la capacidad para convertir de idea a realidad las ambiciones. Pero el principio dura solo un segundo. Ese fue el tiempo que duró el poder hacer todo lo que siempre se quiso. Y antes que un luego; porque fue casi al mismo tiempo, el vulgo…, seducidos por sus beneficios, crearon por error en sus cálculos las circunstancias que produjeron los efectos para limitar el cumplimiento de esas ambiciones. Y como el sonido de dos nubes tocándose, las consecuencias existieron. Por ella. Por la mar. La única fuerza que tiene de prodigiosa lo mismo que de violenta, una acumulación de aguas que ha estresado las obsesiones de quienes han querido dominarla. Un deseo que tiene de profundo lo mismo que de insatisfecho.
“El mar —para los endurecidos—, la mar —para los de corazón ennoblecido—“ (Lezama).
La mar: que con sus vastas sinuosas y con toda su violencia arrasa. Quien por sí sola ya basta y es todo: porque sola ya se vasta porque es su propio todo. La mar procreó en los hombres los sueños que al despertar se volvieron obsesiones…, poesías que antes de ser osadías fueron ilusiones; estos hombres del mar, entrometidos con aquello que hace sufrir a los hombres, fueron diestros en personificar la fuerza de sus deseos insatisfechos considerando al mar como una mujer, y con la furia de no nacer con la fuerza ni la grandeza para domarla, de la infancia del pensamiento nació la misticidad, y con ella, sujeto de las fábulas del paganismo como Neptuno y Tetis, forjaron de la mar lo mismo que una comparación sin contraparte: una divinidad y un lazo común entre los diversos pueblos de la tierra. De su espuma el nacer de una diosa, luego de arrojar Cronos al mar los genitales de su padre. Y en toda su extensión: el deseo de usarla de lienzo de embate para glorias lejanas.
Así como mientras más sabemos más ignorantes nos sentimos, inútil sería empeñarme en probar las utilidades del mar, como con el Ius gentium (derecho de gentes), ya que cuanto más contemplamos el mar y lo admiramos [es porque un fragmento de nuestro espíritu nos permite asombrarnos cuando se cumplen condiciones específicas; cuando admiramos algo, es cuando nuestra vanidad no tiene herramientas para defenderse de lo que tiene en frente que la empequeñece, porque solo admiramos lo que sentimos que vale una fracción más que nosotros, porque admiramos, o bien lo que desearíamos ser o tener, o bien lo que no podemos ser, pero que estremece nuestros adentros, con ello], podríamos cuestionarnos si es posible ser dueño del mar como se es dueño de la tierra. Pero la respuesta no solamente es antitética al deseo de someter al mar al imperio de una nación, esta cuestión no se responde con un razonamiento primario como la lógica, dadas sus características que la identifican como un axioma ya no solamente la respuesta es una sílaba negativa, sino un compendio perfecto de razonamientos profundos que juntos convencen porqué el mar no puede pertenecer a ninguno antes de terminar de demostrarlo.

Parte II: El mar
Literatura científica
El mar; esa prodigiosa acumulación de aguas: de quien por sí se dio trazo a las cátedras que avanzaron a la civilización entre los pueblos de la tierra que divide; prodigiosa acumulación: que no importa si es por su fuerza o por su tamaño, no puede dominársele ni ejercerle supremacía; acumulación: de estudios del ser humano, y por eso mismo…, un mar lleno de lagunas [legales].
Someramente, es posible que pueda demostrar, ahora mismo, porqué el mar no puede pertenecer a ninguno si mis razonamientos albergan la suficiente sagacidad inspirada en Savigny para verter razón y coherencia en el siguiente párrafo, como él, ilustre, al tratado de la posesión, que por su consecuencia, Justo Sierra, a sus lecciones del derecho marítimo internacional:
[…] Lo que es nuestro, lo tenemos con nosotros, y lo que queremos que sea nuestro, podemos o no poseerlo. “La posesión no es mas que el hecho de tener uno en su posesión alguna cosa de cierto modo permanente, y con la intención de apropiársela. El hecho simple, sin esa intención, de nada valdría; y la intención sin el hecho, todavía valdría menos si cabe” (Sierra, 1854). De modo que para ser propietario del mar, una nación (por más poderosa que se la suponga) debe aprehender la posesión material del mar manteniéndose en ella. Un poder sin física no genera causas de derecho, por eso, la física es la razón (no, la causa) fundamental que el deseo de controlar el mar sea insatisfecho. Verbigracia: pensemos por un momento en el cielo, ahora pensemos en un reino, y ahora, en un reino que está en el cielo: este reino podría tener la forma de un país, un país inexistente, pero posible (diría Sabato), y quien lo gobierna puede establecer la potestad de ejercer ahí su supremacía respecto de los demás pueblos de la tierra, los derechos reservados que un país autónomo declare en requerimiento a cumplirse para su entrada y por cuál criterio fuere uno expulsado, creando una política, imponiendo contribuciones, estableciendo reglamentos, etcétera. Lo imperantemente necesario recae en el cielo que pertenece a quien lo gobierna, dado que en él están los elementos que constituyen un gobierno. “Todo el mundo entiende hoy por ella, dice un ilustre escritor alemán, un estado que permite no solo ejercer físicamente sobre la cosa una acción personal, sino la de alejar toda acción extraña. Así es como el batelero posee su barquilla, pero no el agua en que flota, por mas que una y otra sirvan a su objeto.” Entonces, pues, puede decirse que la condición sine qua non por la que el mar es de nadie, se debe a su misma naturaleza física de no poder poseerse. Por eso, el hecho simple es: lo que es nuestro lo tenemos ya con nosotros, y lo que queremos que sea nuestro, demuestra la intención, pero no la capacidad con la que podemos o no poseerlo.Aunque existen más razones para demostrar que el mar no es susceptible de ser apropiado por ninguno, esta subsume al resto. Y deja al resto de razones como algo que, igualmente, aunque pudiera haber solución, si la razón física no puede evadirse, la solución no resuelve lo que lo anterior no da paso a existir.
En el futuro inmediato a los siglos XVII y XVIII, las ambiciones políticas y económicas ya habían establecido criterios que ponían en discusión las posturas Mare Liberum vs. Mare Clausum que suponía la lucha por el control de los océanos como resultado de los descubrimientos geográficos en los siglos XV y XVI impulsados por España y Portugal que revelaron la inmensidad de los océanos. Inicialmente, España y Portugal buscaron legitimar su monopolio sobre las aguas a través de bulas papales, (como la Inter Caetera de 1493) y tratados bilaterales.
Los aspectos fundamentales del pensamiento primitivo refieren que siempre será el mismo así se piense antes de Cristo, después o sin su existencia; ahora o durante El Gran Viaje en el Halo; en ese pensamiento temprano, pero en su estructura legal, se encontraba el Mare Clausum sosteniendo que los estados podían ejercer soberanía sobre extensas porciones de los océanos, incluso sobre océanos enteros, excluyendo a otras naciones de la navegación, la pesca y el comercio en esas aguas. Con esto saciaban la necesidad de seguridad y protección comercial de sus flotas contra la piratería y la competencia. Empero, en lato y contrario sensu al Mare Clausum, Mare Liberum, escrita por Huig Groot, fue una respuesta a ese pensamiento temprano contra las pretensiones de monopolio de España y Portugal, bajo el contexto del presente holandés con las Indias Orientales, sosteniendo la naturaleza inapropiable del mar que, debido a su inmensidad y la imposibilidad del control físico continuo, no podía ser objeto de posesión ni de soberanía nacional, invocando el principio griego res communis omnium (cosa común de todos) y res extra commercium (cosa fuera del comercio), y así…, [luego de un paréntesis de 17 líneas que abarcaba la historia del contexto jurídico romano y los pensadores Francisco de Vitoria y Francisco Suárez de la escuela de Salamanca (porque sí, las escribí y borré luego de considerarlo un subterfugio a lo que nos compete)] nació: el Derecho de gentes o Ius gentium.
Parte III: El mar y la mar
Varios siglos luego de Dios — hoy
Por ahora no voy a expresar preocupaciones, sino interpretaciones alineadas con los resultados que dejaron las consecuencias a nuestra vida, respuestas impuestas por evitar más conflictos. Las Naciones Unidas, luego de erigir máximas para la disolución de lo poético vs dominio, creó una gradiente de soberanía. Pensemos en esto como el horizonte, y cuando usted lea esta pequeña concentración, imagine que la gradiente de soberanía es como si se posase en la costa y mirara hacia el horizonte, —ahí donde el mar parece permitir llegar al sol— (según Lezama), y mientras más adentra su mirar en alta mar, la soberanía va desapareciendo, así, mientras más lejos esté usted de la costa, se diluirá también la facultad de la nación sobre ella. Esto puede explicarse si tomamos en cuenta las zonas marítimas y las aguas internaciones. Sin embargo, aunque podría pensarse, no: la familia humana no logró poseerla a ella —a la mar—, sino que las medidas arrojaron el origen de derechos que alcanzan y llegan a determinada distancia; distancia que funciona como delimitación territorial y los alcances de su voluntad.
Irónicamente, uno de los problemas de la familia humana es la manía de querer encontrarle un problema a todo, y a algo, hallarle su opuesto, pero si nos detenemos un segundo, uno solo… podríamos descubrir que la naturaleza del hecho este que nos convoca, no es ni fue nunca un problema, más bien: el problema fue involucrar un problema humano en la naturaleza del mundo; las pretensiones por el cumplimiento de las ambiciones y los egoísmos humanos sobre algo que no pudimos tomar, pero el mar nunca fue un problema, sino nosotros. Y el mar —lejos de lo poético—, siendo más vasto que nuestra fuerza para tomarlo, nos obligó a tomar acuerdos para regularnos. Y si lo pensamos de nuevo, ese segundo que nos tomó razonar, todavía no termina…
Tal vez, pronto vuelva y continúe, me gustaría hablarle del derecho de paso inocente, sobre los piratas, sobre la zona económica exclusiva o los crímenes en alta mar, mientras tanto, espero haber vertido razón y coherencia como Savigny al tratado de la posesión, que por su consecuencia, Justo Sierra a sus lecciones de derecho marítimo internacional, y que por consecuencia de ambos, yo al demostrar, aunque ínfima y someramente, la falta de grandeza por la que no podemos poseer el mar.
La mar: que con sus vastas sinuosas y con toda su violencia arrasa.
Quien por sí sola ya basta y es todo:
porque sola ya se vasta porque es su propio todo.
—AJV




