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Por: Aldo Francisco López Velázquez

@aldoflopez

 

Desde el 30 de abril he tenido debates importantes en mis redes sociales sobre los derechos humanos de niñas, niños y adolescentes en México, particularmente a la tendencia internacional de prohibir y sancionar penalmente los castigos corporales contra ellas y ellos. En este 10 de mayo, Día de las Madres para la República Mexicana, el debate continúa y se refuerza.

Si bien los comentarios han versado en experiencias personales, en las que se reviven historias de vida de acciones violentas por parte de madres o padres, y de cómo estaciones no han tenido consecuencias a largo plazo en las personas a las cuales se les ejercía. Una de las principales reflexiones que realizaba, y resalto aquí, era que la situación individual no es la situación social.

Cada persona cuenta con elementos humanos, medioambientales y hasta normativos, que inciden en el desarrollo de su personalidad. El Modelo Ecológico, diseñado por Urie Bronfenbrenner en 1976, explica la incidencia de la violencia que se experimenta en el espacio público (escuela, trabajo, colonia, ente otros) y el privado (familia) en la persona.

Hacer alusión a que la violencia es importante para el desarrollo de la personalidad porque permite construir limites a conductas que pueden transgredir el ámbito familiar y social, es una manera de justificar o normalizar la violencia, con el fin de sostener el beneficio colectivo a lo individual.

En el Informe de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) presentado en noviembre de 2017, se sostiene que “[Las niñas, niños y adolescentes] poseen los derechos que corresponden a todos los seres humanos (…) y tienen además derechos especiales derivados de su condición, a los que corresponden deberes específicos de la familia, la sociedad y el Estado.”

De acuerdo con la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de México (LGDNNA), ellas y ellos tienen el derecho humano a la igualdad sustantiva, no discriminación y a una vida libre de violencia y a la integridad personal, con el fin de lograr mejores condiciones de bienestar y libre desarrollo de la personalidad, que pueden ser delitos o conductas que violentan estos derechos, de acuerdo con la Ley General de Víctimas.

Esta misma ley sostiene que “las autoridades federales, de las entidades federativas, municipales y de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, en el ámbito de sus respectivas competencias, están obligadas a tomar las medidas necesarias para prevenir, atender y sancionar los casos en que niñas, niños o adolescentes se vean afectados por: I. El descuido, negligencia, abandono o abuso físico, psicológico o sexual”, entre otras conductas.

Al respecto, en el 2015 el Comité de los Derechos del Niño de la Organización de las Naciones Unidas, en sus Observaciones finales sobre los Informes Periódicos Cuarto y Quinto Consolidados de México, le preocupa “la elevada incidencia de castigo corporal de niñas y niños, la violencia doméstica y la violencia de género y la falta de acceso a la justicia para niñas y niños víctimas” que existe en el país, por lo que recomienda que se debe “(b) Asegurar que el castigo corporal en todos los escenarios sea explícitamente prohibido a nivel federal y estatal y que el “derecho a corregir” sea derogado de todos los códigos civiles federales y estatales. El Estado parte también debe crear conciencia sobre formas positivas, no violentas y participativas de la crianza de niñas y niños”.

Esto pone de manifiesto que el “derecho a corregir” no es intrínseco a la condición de madres y padres, ni debe ser, en todos sentidos, un derecho reconocido en la normatividad mexicana. Por lo que es compromiso de las autoridades federales, estatales y municipales iniciar un proceso de armonización legislativa desde la perspectiva de derechos, género y niñez, a fin de garantizar, entre otros, los instrumentos, mecanismos y acciones para el ejercicio del derecho a una vida libre de violencia.

Generar violencia desde la niñez y adolescencia puede traer aparejadas consecuencias a corto, mediano y largo plazo. La violencia genera más violencia.

Como reflexión final, las niñas, niños y adolescentes no solo son el futuro de nuestras ciudades o países (volviendo en la preocupación del beneficio social antes de la persona humana), sino que son sujetas y sujetos de dignidad humana, titulares de derechos humanos y responsabilidades de acuerdo con su edad, por lo que debemos transformar esta visión para formar ciudadanas y ciudadanos.

Foto tomada por Reg Speller en noviembre de 1959.

Nos leemos en Twitter @aldoflopez.

 

Aldo Francisco López Velázquez

Abogado Maestro en Derecho Procesal Penal y Criminología. Ha participado en investigaciones, diagnósticos, acciones y políticas públicas para impulsar la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres, así como en la elaboración de propuestas de reforma con perspectiva de género a la normatividad nacional y de diversas Entidades Federativas. Ha colaborado en proyectos en materia de derechos humanos y género para instituciones públicas, privadas y sociales en los tres órdenes de gobierno.