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Santiago López Acosta

@LpezSantiago

Como lo hemos dicho en esta columna, el Estado de Derecho es una pieza fundamental del Estado Constitucional y Democrático, sin la cual no es posible su existencia.

En el Estado de Derecho o Estado Constitucional se encuentran primero los individuos, como sujetos autónomos y dignos de ser titulares de derechos fundamentales, y solo después, para proteger estos derechos, se ubican las potestades estatales. La legitimidad del poder y de las normas jurídicas dependen del respeto y de la garantía de los derechos fundamentales, principalmente.

En la Declaración Universal de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de finales del siglo XVIII (así se llamó originalmente, pero luego se modificó para referirse a todas las personas), en su artículo 16 señala tajantemente que todo Estado que se precie de tener una Constitución debe contemplar la declaración de derechos fundamentales de las personas y una división de poderes.

El Estado de Derecho, de manera simple y llana, consiste en respetar la Constitución y las leyes que de ella derivan, por todos los actores políticos y sociales, y que las instituciones que tienen que hacerlos valer y respetar, cuenten con las garantías para cumplir su cometido en paz y armonía, independientemente de quien sea el trasgresor, por mucho poder que tenga.

La división de poderes se diseña para evitar la concentración de este en una sola persona o corporación y que los otros poderes equilibren y hagan contrapeso al que quiera excederse de sus atribuciones o actuar arbitrariamente.

No olvidemos que nosotros venimos de un régimen autoritario, vigente la mayor parte de nuestra historia, transitamos hacia la construcción de uno democrático apenas en la década de los ochenta del siglo pasado. Aun y cuando teníamos una Constitución formal, con división de poderes y algunas garantías individuales, distaba mucho de los ideales de las revoluciones francesa y norteamericana.

Durante el autoritarismo la Constitución era solo una bandera del régimen, un instrumento del discurso oficial, y el estado social y democrático de derecho se quedó en el papel, legalizando y legitimando a los detentadores del poder.

La construcción democrática en nuestro país, durante las últimas décadas, se sustentó en la ampliación de los derechos humanos o fundamentales de las personas, así como en los instrumentos para su defensa y protección, y por otra parte hacer realidad, formal y material, la división de poderes.

Durante el periodo 1997- 2018, el partido de donde provino el titular del Ejecutivo Federal no tuvo mayoría en las cámaras del Congreso de la Unión, por tanto, se materializo la autonomía del poder legislativo.

La reforma del poder judicial de 1995 convirtió a la Suprema Corte de Justicia de la Nación en un Tribunal Constitucional, al resolver las Controversias Constitucionales y las Acciones de Inconstitucionalidad, sobre decisiones y conflictos de otros poderes, además de fortalecer el Amparo, como instrumento por excelencia para la defensa de los derechos de las personas, consolidando la autonomía e independencia del poder judicial.

Se crearon diversos organismos constitucionales autónomos para garantizar diferentes derechos, como el de votar y ser votado, entre otros (como el IFE-INE), el de la trasparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales (como el INAI), la protección y defensa de los derechos humanos (como la CNDH), el de acceder a información oficial confiable(como el INEGI), la investigación y persecución de los delitos (con la Fiscalía General de la Republica), así como proteger funciones económicas estatales fundamentales sin injerencias políticas, como la política monetaria(con el Banco de México), entre otras. Se fortaleció el federalismo con mayor autonomía e independencia de los poderes estatales y municipales.

Sin embargo, esta pluralidad y diversidad se vino a trastocar a partir de 2018, donde nuevamente una sola fuerza política ocupa la mayor parte de los espacios de poder, tanto en la federación, como en los estados y municipios, que algunos interpretan de que es mandato de las urnas la regresión a reeditar las viejas estructuras autoritarias. Pero, quienes así lo ven y actúan, están olvidando que la sociedad actual no tiene nada que ver con la que la que sometían y controlaban en el antiguo régimen.

Esto viene a colación por los ominosos mensajes de algunos actores en el poder, siendo los primeros obligados a respetar y hacer respetar la Constitución y las leyes, cuando se convierten en los trasgresores confesos y públicamente violentan aquellas, incluso haciendo llamados a desobedecer mandatos y resoluciones de otros poderes, o hacer caso omiso de los mismos, hasta cometiendo flagrantemente faltas y delitos las propias autoridades.

El Estado de Derecho se degrada cuando no se respetan los derechos y la división de poderes por cualquier persona, pero es extraordinariamente grave cuando las violaciones provienen desde el poder mismo, abusando y aprovechándose del mismo. Además de que el mensaje que se trasmite a la sociedad es nefasto y terriblemente destructivo para nuestra convivencia civilizada.

Este escenario es propicio para el protagonismo, en su mejor sentido, de los jueces y tribunales, como los primeros y principales garantes del Estado de Derecho y evitar que lo que nos ha costado tanto construir se siga degradando. La responsabilidad de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, los Tribunales Colegiados y los Juzgados de Distrito del Poder Judicial Federal, los Poderes Judiciales de los Estados y todos los órganos jurisdiccionales del país, es mayúscula en esta etapa crítica; es prácticamente el ultimo dique de contención, ojalá que estén a la altura de las circunstancias.

Santiago López Acosta

Es Doctor en Ciencias Jurídicas, con el grado de suma cum laude por la Universidad de Granada, España. Consejero Electoral del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato desde 2014. Ha sido profesor de la Facultad de Derecho de la Universidad De Lasalle Bajío, en la Universidad de Estudios Profesionales de Ciencias y Artes, y de la Facultad de Derecho, hoy División de Derecho, Política y Gobierno del Campus Guanajuato de la Universidad de Guanajuato. Ha publicado más de 40 ensayos y artículos especializados en publicaciones estatales y nacionales, revistas y libros colectivos, es coautor del libro “Derecho Administrativo del Estado de Guanajuato”, en coautoría con el Dr. Jorge Fernández Ruiz, Editorial Porrúa, México 2008 y coordinador de la obra “Centenario de la Constitución Mexicana de 1917” editada por el Instituto Electoral del Estado de Guanajuato y el Tribunal de Justicia Administrativa del estado de Guanajuato. Además, ha sido articulista de distintas revistas nacionales y estatales. Profesionalmente se ha desempeñado en diversos cargos dentro de la administración pública federal, estatal y municipal, en la Ciudad de México y en el estado de Guanajuato, en organismos electorales, federal y locales. Ha sido asesor y consultor en materia jurídica, política y de la administración pública.